La formación para asesores tras MiFID II: La propuesta de la CNMV combina flexibilidad y rigor
La reciente publicación por parte de la CNMV de la Guía Técnica para la evaluación de los conocimientos y competencias del personal que informa y asesora ha despejado gran parte de las dudas que pendían sobre los requisitos de formación que se exigirá a los asesores financieros y a los empleados de las entidades a partir de enero de 2018, cuando entre en vigor MiFID II. Si bien el documento está abierto a consultas hasta el día 10 de mayo, la asociación EFPA España ha realizado una valoración de las novedades que introduce, pues, según Sergio Míguez, director de Relaciones Institucionales de EFPA España, “no creemos que haya cambios significativos”.
En general, Míguez cree que la CNMV ha recogido muchas de las propuestas de EFPA, basadas en las directrices de ESMA, y, aunque permite cierta flexibilidad a las entidades para que certifiquen de forma interna a su personal que asesore o informe al cliente, se han establecido suficientes mecanismos para garantizar el rigor de la formación. Por ejemplo, se fija el número de horas de formación, la separación entre formador y evaluador o la obligación de ofrecer formación continua que, a partir de ahora, también tendrá que ser evaluada.
Fernando Zunzunegui, coordinador de regulación de EFPA España, destaca que los requisitos de la formación, ya sea interna o mediante certificación independiente, exigen tanto conocimientos como competencias, es decir, la formación debe ser teórica y práctica. Incluso, en los casos en que la certificación no se realice a través de una certificación independiente, se prevé la posibilidad de mecanismos de control reforzado. La Guía Técnica señala que se exigirá información, por ejemplo, sobre número de años evaluando y porcentaje de aprobados. En definitiva, según Zunzunegui, se establece “un estándar muy exigente”. Además, advierte de que las entidades que opten por la certificación interna asumen una gran responsabilidad, que recae directamente en el consejo de administración, y un alto riesgo reputacional en caso de que se produzcan demandas o reclamaciones de los clientes.
Por esa razón, Míguez cree que la certificación independiente, como la que viene realizando EFPA España desde hace 15 años, “se convierte en un puerto seguro para las entidades a la hora de cumplir con la normativa”.
Desde el punto de vista de los profesionales, la formación directa por parte de la entidad presenta otro inconveniente, pues, según la interpretación de EFPA España, solo les servirá mientras trabajen en esa entidad, si quieren cambiar a otro banco o establecerse como agentes o asesores financieros, deberán contar con una certificación independiente.