La CNMV modifica la Circular sobre contratos de liquidez para facilitar su uso
El Boletín Oficial del Estado (B.O.E) ha publicado la Circular 2/2019, de 27 de noviembre, de la CNMV por la que se modifica la Circular 1/2017 sobre los contratos de liquidez. La nueva norma flexibiliza ciertos requisitos para facilitar que compañías negociadas en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB) y las menos líquidas negociadas en las Bolsas de Valores utilicen contratos de liquidez.
Las principales modificaciones introducidas son;
- Establecimiento de un nuevo límite alternativo de volumen máximo diario que el intermediario financiero puede negociar al amparo del contrato de liquidez, expresado en términos absolutos (20.000 euros) por sesión. A este límite alternativo pueden acogerse los emisores cuyas acciones no dispongan de un mercado líquido (según los criterios fijados por MIFID II) negociados en un sistema multilateral de negociación (como el MAB) o en un mercado regulado (Bolsas) a través del sistema de contratación de fixing. Excepcionalmente, este límite alternativo podrá también aplicarse a otras compañías siempre que la CNMV lo autorice, previo informe favorable de la sociedad rectora que justifique la calificación de la acción como altamente ilíquida.
- Eliminación, con carácter general, de la restricción consistente en no mantener órdenes de compra y venta de acciones con carácter simultáneo en cada momento durante el periodo de subasta. El intermediario financiero deberá adoptar medidas para evitar que se crucen sus órdenes de sentido contrario en la subasta.
La Circular 1/2017, sobre contratos de liquidez regulaba este mecanismo de provisión de liquidez para los mercados de acciones españoles con objeto de que se reconozcan como “práctica aceptada de mercado” conforme al Reglamento UE 596/2014 sobre abuso de mercado. Tras dos años de funcionamiento se ha comprobado que el mecanismo juega un papel importante para la liquidez de los emisores de renta variable cotizados en nuestros mercados, tanto por el número de emisores que los tienen suscritos como por el volumen negociado al amparo de los mismos. A fecha 2 de diciembre de 2019, un total de 40 emisores mantenían contratos de liquidez operativos sujetos a la Circular 1/2017.
La nueva circular ha sido objeto de consulta pública con los participantes del mercado y la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha emitido una opinión favorable sobre las modificaciones introducidas.
La nueva Circular entrará en vigor a los tres meses de su publicación.