La CNMV abre consulta pública previa sobre la futura circular sobre publicidad de criptoactivos
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha abierto a consulta pública la futura circular sobre la publicidad de criptoactivos. El organismo supervisor invita a enviar comentarios a este documento y, en particular, a las cuestiones recogidas en el apartado 6, en las que se detallan los principales aspectos que se prevén regular en la citada circular. El plazo para el envío de comentarios por parte de los interesados finaliza el próximo 16 de abril de 2021. Los comentarios se pueden enviar al correo electrónico fintech@cnmv.es.
En este caso, por el que se procede a la regulación por vía Circular de la CNMV de la publicidad de los cripotactivos, resulta preceptiva la consulta pública al tratarse del ejercicio de la potestad reglamentaria “per saltum”. La consulta busca recabar la opinión de las personas especialmente afectadas por la futura norma y de las organizaciones más representativas acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
- La necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En cuanto a los problemas que pretende solucionar la futura circular, la CNMV señala que “los criptoactivos –entendidos como representaciones digitales de valor o derechos que pueden transferirse y almacenarse electrónicamente, mediante la tecnología de registros distribuidos u otra similar– tienen cada vez más presencia en nuestro sistema financiero, sin que exista todavía un marco regulatorio específico apropiado a nivel europeo. Las tecnologías que los soportan están transformando los servicios financieros y permitiendo innovaciones de gran calado”.
Sin embargo, a día de hoy, las criptomonedas y criptoactivos en general “se están ofreciendo cada vez más frecuentemente como objeto de inversión, tanto a inversores especializados como al público en general”. Todo ello a pesar de las advertencias tanto de la CNMV como del Banco de España acerca de “los riesgos que este tipo de activos suponen para los participantes del sistema financiero y, muy en particular, para los pequeños inversores. El comunicado de ambas instituciones incide en la complejidad, la volatilidad y la potencial falta de liquidez de estas inversiones”.
La CNMV afirma que el principal elemento que requiere una actuación regulatoria radica en la posibilidad de que las actuaciones publicitarias sobre criptoactivos, cuando son ofrecidos como inversión, no incorporen información objetiva sobre el producto y sus riesgos. Se ha observado que la publicidad de estos productos dirigida a clientes minoristas en los últimos meses se ha realizado a través de una amplia y creciente variedad de medios e intensidad. Es necesario que quienes adquieran esos productos sean conscientes de los riesgos que entrañan y de que dicha inversión podría desembocar en algunos casos en pérdidas significativas por variaciones de precio, en situaciones de iliquidez sobrevenida o incluso en pérdida total por ciberataques o fallos en la custodia. De ahí que el supervisor considere necesario proteger adecuadamente a los inversores y garantizar que están debidamente informados.
La circular tiene por finalidad “desarrollar las normas, principios y criterios a los que debe sujetarse la actividad publicitaria sobre criptoactivos, en particular delimitar el ámbito objetivo y subjetivo de aplicación, concretar la actividad publicitaria que debe ser sometida a autorización administrativa previa y fijar las herramientas y procedimientos que se emplearán para hacer efectiva la supervisión de la actividad publicitaria de los criptoactivos. Es importante recalcar que la citada circular no contendrá ninguna norma sobre los productos en sí mismos, ni sobre sus proveedores ni características, que seguirán sin estar regulados ni supervisados, sino exclusivamente sobre los requisitos que deberá cumplir la actividad publicitaria que persiga su ofrecimiento como posible inversión”.
En cuanto al desarrollo de la circular, la CNMV afirma estar considerando varias alternativas en cuanto al ámbito de aplicación y a las modalidades de control administrativo.