El ‘neteo’ de las retrocesiones, penalizado por la aplicación del IVA
El ‘neteo’, operación que consiste en devolver al cliente el importe de las retrocesiones percibidas por las ESI para cobrarle solo una comisión directa por asesoramiento, puede tener los días contados. La reciente sentencia que establece que también las empresas que prestan asesoramiento no independiente deben cobrar IVA por el asesoramiento, ha cambiado radicalmente el panorama.
Ana Mayo, Tax Partner de Main Legal, señala que, a pesar de los intentos de excluir al asesoramiento financiero del IVA, lo cierto es que la pretensión difícilmente puede prosperar, puesto que la doctrina viene marcada por el Tribunal de Justicia Europeo. En el caso del asesoramiento independiente, donde el coste del asesoramiento se concentra en la comisión directa cobrada al cliente, la aplicación está clara. Más dudas surgen cuando se trata de asesoramiento no independiente, donde muchas entidades, teóricamente, no cobran nada directamente por asesoramiento.
Mayo explica que la Dirección General de Tributos interpreta que, en estos casos, la base imponible del IVA debe ser “el coste de la entidad para prestar este servicio”, algo que las empresas no están preparadas para calcular, porque, sobre todo los bancos, los incluyen junto a los gastos de transmisión y ejecución de órdenes, de manera que, “por el momento, las entidades están diseñando cómo hacerlo”.
Pablo Ulecia, Tax Partner de EY, apunta un matiz importante y es que Tributos descarta que ese coste se pueda asimilar a las retrocesiones percibidas. Para la administración tributaria ambos conceptos no pueden vincularse. De ahí que la práctica del ‘neteo’, muy extendida ya entre las EAF, resulte contraproducente, pues supone aumentar la comisión directa al cliente y, por tanto, incrementar el IVA que soportará el inversor particular.
La recomendación de los expertos para optimizar la fiscalidad del cliente es mantener el cobro de las retrocesiones y establecer una comisión directa por asesoramiento reducida. Una solución que, según Ulecia, es “mucho más eficiente”. Además, señala que la obligación de cargar IVA por asesoramiento también tiene un efecto positivo, puesto que las ESI ahora podrán deducirse el IVA soportado.