El Gobierno permite a las sociedades de valores transformarse en bancos
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley de medidas urgentes en el ámbito económico que, entre otras medidas, amplía los tipos de entidades financieras que pueden solicitar su transformación en bancos, incluyendo a sociedades de valores, entidades de pago y entidades de dinero electrónico. Esta iniciativa, según ha matizado el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en un comunicado posterior, “está en línea con otros Estados miembros de la Unión Europea, lo que mejorará la competitividad de la economía española”.
Cabe recordar que, tal y como señaló la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, estas entidades “se suman a las que ya estaban consideradas para la solicitud de la licencia de bancos hasta ahora como son las cooperativas de crédito y los establecimientos financieros de crédito”. En este sentido, tanto Banco de España como Banco Central Europeo trabajan coordinadamente para llevar a cabo el procedimiento de autorización de entidades de crédito, aunque es este último el que toma finalmente la decisión.
Hasta el momento, eran la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito y el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero (que desarrolla la citada Ley) las que recogían el régimen normativo aplicable tanto a bancos como a cajas de ahorros y cooperativas de crédito. Este Real Decreto-Ley entrará en vigor con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), aunque deberá contar con la aprobación del Parlamento para su aplicación definitiva.