Consulta pública de la CNMV sobre obligaciones de publicidad de las ESI en gobierno corporativo y remuneraciones
La CNMV somete a consulta pública un proyecto de Circular sobre obligaciones de publicidad de las empresas de servicios de inversión (ESI) en materia de gobierno corporativo y política de remuneraciones a través de sus páginas web.
Esta Circular define las obligaciones de divulgación de las ESI a través de su web en materia de gobierno corporativo y remuneraciones establecidas en el artículo 31 ter del Real Decreto 217/2008, sobre el régimen jurídico de las ESI. Éste contempla que la información deberá ser completa, clara, comprensible y estar actualizada así como ser fácilmente accesible desde la página de inicio del sitio web. En aquellos casos en los que dicha información ya figure incluida en otros apartados de la web, podrán utilizarse enlaces directos a los mismos.
La circular establece los contenidos que deberán figurar en el apartado “Gobierno Corporativo y política de remuneraciones”: estatutos, reglamentos, estructura organizativa, procedimientos de control de riesgos, mecanismos de control interno, composición del consejo, remuneración total devengada, entre otros. Los contenidos deberán ser de acceso gratuito con posibilidad de descarga e impresión.
Asimismo, y como Disposición Adicional, se incluye la modificación de la Circular 7/2008, que regula las normas contables aplicables a las ESI y las sociedades gestoras de vehículos de inversión colectiva, en línea con las modificaciones introducidas en el Código de Comercio y el Plan General de Contabilidad en 2015 y 2016 sobre el tratamiento contable de los inmovilizados intangibles. Con la modificación propuesta, estos pasan a tener una vida útil definida y resultan, por tanto, amortizables. Cuando la vida útil de los mismos no pueda estimarse de manera fiable se amortizarán en un plazo de 10 años.
La consulta de esta Circular estará abierta hasta el próximo 10 de octubre. La norma prevé su entrada en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, si bien las entidades contarán con un plazo de tres meses para desarrollar las nuevas obligaciones de información a través de la web.