¿Qué seguros podrán deducirse los asesores financieros autónomos en la próxima declaración de la renta?

El colectivo de trabajadores autónomos, entre los que se encuentran muchos asesores financieros, al igual que los trabajadores por cuenta ajena, tienen la obligación de presentar la declaración de la renta cada año. La campaña de 2024 comienza el próximo mes de abril y se cerrará el 30 de junio. Hasta ese día, los trabajadores autónomos tendrán tiempo para presentar la declaración del IRPF, en la que como cada año podrán deducirse, entre otros, los gastos en seguros.
A continuación, se detallan los seguros en los que los asesores financieros autónomos pueden deducir el importe total o parcial de la prima abonada:
Seguros de RC
El ramo de seguros de responsabilidad civil (RC) es uno de los que aglutina más modalidades de protección aseguradora. Pólizas que, como en el caso de determinadas profesiones (abogados, mediadores de seguros, peritos, profesionales sanitarios…), son de contratación obligatoria: las denominadas de RC Profesional. De cara a la declaración de la renta, la prima abonada en estos seguros, entre los que se encuentra el de D&O (administradores y directivos), puede deducirse en su totalidad (el 100%), ya que se trata de un gasto derivado de la actividad profesional del autónomo, puesto que cubre los daños derivados específicamente de esta. Por ejemplo, los seguros de D&O salvaguardan el patrimonio personal del asegurado frente a reclamaciones de terceros.
Para proteger el patrimonio de sus negocios ante las demandas de terceros o empleados por los daños sufridos y sus consecuencias, los autónomos cuentan con los seguros de RC General. Una modalidad de seguro cuya prima los autónomos también pueden deducirse al 100%.
También, hay algunos seguros de RC que incluyen, entre sus coberturas, los gastos en Defensa Jurídica; por ejemplo; derivados de una actividad penal. Una garantía de la que los autónomos también pueden deducirse el 100% del importe de la prima.
Seguros de Salud
En el caso de los seguros de Salud, también denominados de Asistencia Sanitaria, los autónomos tienen un límite para deducirse este gasto en la declaración del IRPF. Son 500 euros por persona y año en la unidad familiar: contempla las primas abonadas por el trabajador autónomo para si mismo, su cónyuge y los hijos menores de 25 años que convivan en la vivienda familiar.
Seguro de Hogar
En el caso de los seguros de Hogar, existen ciertas limitaciones a la hora de desgravar el importe de la prima de estas pólizas. En concreto, el propietario tiene que haber dado de alta la parte de la vivienda en la que desarrolla su actividad. En este caso, puede deducirse el 30% del importe de la prima del seguro de Hogar.
Seguro de Autos
Al igual que el seguro de Hogar, el de Autos también cuenta con limitaciones. La más importante, demostrar ante Hacienda el porcentaje de tiempo que el autónomo usa el coche como vehículo particular y como de empresa. En general, el mismo porcentaje que se puede deducir al adquirir el vehículo, puede aplicarse a la prima del seguro. Pero, se trata de un seguro que no es fácil de desgravar.
Seguros para bienes de la actividad
Aquí se pueden encuadrar seguros como el de Transportes o el de Robo. Se trata de seguros destinados a proteger los bienes con los que el trabajador autónomo cuenta para desarrollar su actividad; pólizas cuya prima también puede deducirse íntegramente.


