ESMA publica la traducción de las directrices sobre los requisitos de idoneidad de MiFID II
La ESMA (European Securities and Markets Authority) ha publicado recientemente las traducciones oficiales sobre Requisitos de Idoneidad de MiFID II. Las autoridades nacionales disponen ahora de dos meses, plazo que expira el próximo 6 de enero, para notificar si cumplen o esperan cumplir dichas directrices. En el caso español, la CNMV previsiblemente se mostrará a favor, con lo que se dejarán de aplicar los criterios de MiFID I.
El objetivo de las estas directrices consiste en aclarar la aplicación de determinados aspectos de los requisitos de idoneidad de la MiFID II con el fin de asegurar la aplicación común, uniforme y coherente del artículo 25, apartado 2, de la MiFID II y de los artículos 54 y 55 del Reglamento Delegado de la MiFID II.
Entre las directrices que se incorporan destacan las relativas a proporcionar información a los clientes sobre el objetivo de la evaluación de la idoneidad, la de conocer su producto y a su cliente, la proporcionalidad del alcance de la información recogida de los clientes, la fiabilidad y actualización de la información del cliente, o las medidas necesarias para conocer los productos de inversión.
Puede accederse al documento sobre directrices relativas a determinados aspectos de los requisitos de idoneidad de la MiFID II, pinchando en este enlace.