La CNMV cree que MiFID II no será una revolución en los incentivos, sino una evolución
El VIII Encuentro Nacional de la Inversión Colectiva de Inverco y la APD celebrado ayer en Madrid contó como broche final con la intervención de José María Marcos, director general de entidades de la CNMV, quien, entre otros muchos temas, abordó el impacto que tendrá en el mercado español la entrada en vigor de MiFID II. En su opinión, la norma podría reducir los niveles de arquitectura abierta, “pero esto no encaja con los objetivos perseguidos por la Directiva. No habrá una revolución en los incentivos de la distribución, sino una evolución”.
En cuanto al impacto concreto de la nueva normativa, considera que “tendrá un efecto muy limitado tanto en productos complejos como en los no complejos, porque si el producto es complejo solo obliga a realizar un test de conveniencia, lo que ya se está realizando en la comercialización del 90% de fondos”.
Impacto en la distribución
No obstante, Marcos advirtió que MiFID II si tendrá un impacto en la distribución, por la supresión de las retrocesiones, aunque recordó que “se podrán cobrar siempre que se demuestre que el comercializador está aumentando la calidad del servicio con su distribución”.
Pero la aplicación de esta excepción despierta dudas, ya que finalmente todo dependerá de cómo se trasponga la Directiva a la normativa española.
Ante este panorama, Marcos indicó que “cada entidad debe tomar sus propias decisiones», que son varias: «Desde el desarrollo de plataformas únicamente de ejecución donde se cobre por la intermediación; hasta sistemas de venta asistida o esquemas en que se reconozca al cliente un asesoramiento, ya sea automatizado o no”.
Productos con costes muy bajos
En su intervención, Marcos también desveló que “se están registrando en la CNMV productos con costes muy bajos, que no habíamos visto antes. Es importante integrar en la cultura corporativa de las entidades la defensa del inversor, con productos adecuados, alineados con sus intereses, que eviten conflictos interés y realicen un cumplimiento real y no formal a la normativa. Y que cuenten con costes razonables y transparentes para el cliente”.